Impuesto sobre las bolsas de plástico de un solo uso en Andalucía

El 1 de mayo de 2011 entró en vigor el Impuesto sobre las Bolsas de Plástico de un Solo Uso en Andalucía, regulado por la Ley 11/2010, de medidas fiscales para la reducción del déficit público por la sostenibilidad, que grava el suministro de bolsas de plástico por los establecimientos comerciales situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Se trata de un impuesto no finalista, cuya fecha de entrada en vigor prevista era 1 de enero de 2011 a través de la DF 5ª del Decreto Ley 7/2010, de 28 de diciembre, pero quedó aplazada su entrada en vigor al 1 de mayo de 2011 por la Ley 4/2011, de 6 de junio, de medidas para potenciar inversiones empresariales de interés estratégico para Andalucía y de simplificación, agilización administrativa y mejora de la regulación de actividades económicas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En el año 2007, a nivel nacional, el consumo por habitante de bolsas de plástico de un solo uso era de 300 bolsas de un solo uso de plástico no biodegradable, lo que suponía un peso de casi cien mil toneladas en el conjunto del Estado[1]. Andalucía fue la primera autonomía en gravar las bolsas de plástico de un solo uso en los establecimientos comerciales implementando un impuesto de naturaleza real y carácter indirecto.

Los sujetos pasivos son las personas físicas y jurídicas titulares de las instalaciones que aprovisionan bolsas de plástico de un solo uso a los clientes. Todos los establecimientos comerciales de venta minorista que proporcionen bolsas de plástico de un solo uso deben presentar su autoliquidación cada trimestre natural.

El importe total se repercute íntegramente al comprador y debe constar en la factura, recibo o comprobante respectivo, hallándose como concepto independiente denotando el número de bolsas abonadas.

La base imponible es el número de bolsas facilitadas por el establecimiento.

El tipo impositivo inicial era de 5 céntimos por cada bolsa de un solo uso suministrada hasta el ejercicio 2015, que aumentó hasta los 10 céntimos mediante la disposición final séptima de la Ley 6/2014 de 30 de diciembre del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. A efectos del 1 de enero de 2019, el tipo impositivo volvió a ser de 5 céntimos de euro de acuerdo con la disposición final segunda de la Ley 3/2019, de 22 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Este sigue siendo el tipo impositivo desde entonces.

El siguiente gráfico muestra la evolución de la recaudación y del tipo impositivo en el periodo 2013 – 2020:

Fuente: Elaboración propia[2]

Excepciones

Están exentas del impuesto las bolsas de plástico biodegradables/compostables y las bolsas reutilizables, es decir, las que se venden expresamente para su reutilización. También lo están las bolsas suministradas por establecimientos comerciales de venta minorista en la que los titulares estén dados de alta exclusivamente en algún epígrafe de la agrupación 64 del Impuesto sobre Actividades Económicas, tal es el caso de los comercios al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes.

Son excepción los epígrafes comprendidos en los grupos 645 (comercio minorista de vinos y bebidas de toda clase), 646 (comercio minorista de labores de tabaco y artículos de fumador) y 647 (comercio minorista de productos alimenticios y bebidas en general).

Otras iniciativas autonómicas

De forma similar, la Ley de Cantabria 11/2010 de 23 de diciembre de Medidas Fiscales y Contenido Financiero creaba el impuesto sobre las bolsas de plástico de un solo uso con efectos a partir del 1 de enero de 2011 reflejando una naturaleza prácticamente igual a la ley andaluza. Sin embargo, este impuesto fue derogado al año siguiente por la Ley 5/2011 de 29 de diciembre de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Por su parte, en Cataluña se impulsó el llamado Pacto por la Bolsa, un acuerdo entre la Agencia de Residuos de Cataluña y representantes del comercio catalán, por el cual se comprometían a no entregar bolsas de plástico gratuitas en los establecimientos de la comunidad. La iniciativa se convirtió en obligación a partir del 31 de mayo del 2017 mediante la Ley 5/2017, de 28 de marzo, de Medidas Fiscales, Administrativas, Financieras y del Sector Público de Cataluña.

[1]  Programa Estatal de Prevención de Residuos. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, 2013

[2]  Tributación Autonómica de la Comunidad Autónoma de Andalucía a partir de datos extraídos del Portal Institucional del Ministerio de Hacienda y Función Pública (2013-2020). Impuestos Propios. Secretaría General de Financiación Autonómica y Local. www.hacienda.gob.es/es-ES/Areas%20Tematicas/Financiacion%20Autonomica/Paginas/Financiacion%20Autonomica.aspx